El Decreto 1843 de 1991 es la norma que regula el uso y manejo de plaguicidas en Colombia, desde su fabricación y venta hasta su aplicación en casas, empresas y espacios públicos. Si usted contrata una fumigación o dirige una empresa de control de plagas, este decreto define qué productos se pueden usar, quién puede aplicarlos y qué precauciones son obligatorias.
¿Qué es el Decreto 1843 de 1991?
El Decreto 1843 de 1991 del Ministerio de Salud reglamenta parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 9 de 1979 en lo relacionado con el uso y manejo de plaguicidas. Su objetivo, según el artículo 1, es evitar que los plaguicidas afecten la salud de la comunidad, la sanidad animal y vegetal o el ambiente.
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Entidad que lo expide | Ministerio de Salud |
| Publicación | Diario Oficial 39.991 del 26 de agosto de 1991 |
| Norma que reglamenta | Ley 9 de 1979, Código Sanitario Nacional |
| Estructura | 17 capítulos |
| Modificaciones | Decretos 695 de 1995, 1482 de 1998, 3213 de 2003, 4368 de 2006 y 3830 de 2008 |
| Vigencia | Exceptuado de la derogatoria del Decreto 780 de 2016, artículo 4.1.3 |
¿Sigue vigente el decreto?
Sí. Cuando el Gobierno expidió el Decreto 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud, derogó de forma integral muchas normas anteriores. Este decreto quedó expresamente exceptuado de esa derogatoria por el artículo 4.1.3, como lo recoge el propio Ministerio de Salud en resoluciones posteriores sobre registro de plaguicidas.
Eso sí, varios de sus artículos han sido modificados. Antes de aplicar un artículo puntual, revise su texto actualizado en una fuente oficial, como el normograma de una entidad pública.
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¿A quién aplica?
El decreto cubre toda la cadena de los plaguicidas: experimentación, producción, almacenamiento, distribución y venta, transporte, aplicación y disposición de desechos. En la práctica afecta a:
- Fabricantes, importadores y formuladores de plaguicidas.
- Bodegas, almacenes y expendios que los venden.
- Transportadores de plaguicidas con fines comerciales.
- Empresas aplicadoras en agricultura, edificaciones, vehículos, productos almacenados y áreas públicas.
- Propietarios de los inmuebles o productos que se tratan.
Para el sector de control de plagas urbano, los capítulos más importantes son el IX (aplicación), el X (licencias y registros), el XIII (protección personal) y el XIV (capacitación y atención médica).
Las categorías toxicológicas de los plaguicidas
El artículo 14 clasifica los plaguicidas en cuatro categorías según su toxicidad. Esta clasificación aparece en la etiqueta y define dónde y quién puede usar cada producto.
| Categoría | Nivel de toxicidad |
|---|---|
| I | Extremadamente tóxicos |
| II | Altamente tóxicos |
| III | Medianamente tóxicos |
| IV | Ligeramente tóxicos |
Para el control de plagas en edificaciones, vehículos, productos almacenados y áreas públicas, el artículo 114 solo permite plaguicidas registrados y prohíbe las categorías I y II. Las excepciones son los rodenticidas, los fumigantes de granos y los inmunizantes de madera.
Requisitos para empresas de fumigación y control de plagas
Una empresa que aplica plaguicidas en edificaciones, vehículos, productos o áreas públicas debe contar con autorización sanitaria de la autoridad de salud departamental o distrital. El artículo 104 la llama licencia sanitaria de funcionamiento; hoy varias secretarías tramitan este requisito como concepto sanitario para empresas aplicadoras, como lo hace la Gobernación de Santander.
Además, el decreto exige:
- Un local con áreas separadas para administración, almacenamiento de productos, equipos, preparación, vestidores, ducha, lavado de equipos y botiquín (artículo 105).
- Asistencia técnica de un profesional con título universitario y capacitación específica, inscrito ante la autoridad de salud, con contrato de mínimo 40 horas mensuales (artículo 108).
- Operarios capacitados con carné de aplicador de plaguicidas refrendado por la autoridad competente (artículos 111 y 112).
- Elementos de protección personal para cada operario (artículo 107).
- Servicios médicos y toxicológicos contratados y un botiquín accesible (artículo 113).
- Archivo de facturas de compra de plaguicidas por mínimo dos años (artículo 118).
- Educación sanitaria a la comunidad y acciones de control integral de vectores (artículos 121 y 123).
Profundizamos en el marco legal completo del sector en nuestra guía sobre las normativas para empresas de fumigación en Colombia.

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Qué exige durante una fumigación
El artículo 115 establece que la aplicación en edificaciones, vehículos, productos almacenados y áreas públicas debe hacerse después de evacuar personas, animales y alimentos, y suspendiendo cualquier manipulación de alimentos. El tiempo para volver a ingresar lo fija la autoridad de salud.
El artículo 88 pide el máximo de precauciones para proteger personas, animales, agua, alimentos, medicamentos y ropa. Y el artículo 117 obliga a preparar y aplicar los productos según las instrucciones del fabricante.
Si tiene perros o gatos, revise nuestra guía de fumigación segura con mascotas, con recomendaciones prácticas antes y después del servicio.
Obligaciones de quien contrata la fumigación
El decreto no solo obliga a la empresa. El artículo 94 también da responsabilidades a los propietarios de los inmuebles o productos tratados, entre ellas informar a los vecinos sobre la aplicación y respetar los tiempos indicados en la etiqueta antes de usar lo tratado.
Por eso, antes de contratar, verifique que la empresa tenga su autorización sanitaria vigente, que el técnico porte su carné y que le entreguen el certificado del servicio. Explicamos qué debe contener en nuestra guía del certificado de fumigación en Colombia.
Venta, almacenamiento y transporte de plaguicidas
El decreto también regula el comercio de plaguicidas. Estos son los puntos que más interesan a negocios y usuarios:
- Los plaguicidas solo se venden por y a personas mayores de edad (artículo 60).
- Los productos de categorías I y II requieren prescripción de un profesional, salvo los rodenticidas de uso casero (artículo 63).
- Solo se distribuyen en envase original con etiqueta íntegra y legible (artículo 62).
- Los locales de almacenamiento deben ser exclusivos y no pueden guardar alimentos, medicinas ni ropa (artículo 54).
- Está prohibido transportar plaguicidas junto con alimentos, bebidas o medicamentos (artículo 72).
Contrate un servicio que cumpla la norma
Cumplir el Decreto 1843 de 1991 protege a su familia, a sus empleados y a sus clientes, y le da respaldo ante una visita de la autoridad sanitaria. Una empresa que no cumple puede usar productos no autorizados o aplicarlos sin las precauciones mínimas.
En Control en Salud aplicamos solo productos registrados, con personal capacitado y certificado de servicio. Agende su visita y reciba una cotización sin compromiso.
Preguntas frecuentes sobre el Decreto 1843 de 1991
¿Existe un decreto 1843 de 2025?
No encontramos un decreto nacional de 2025 con ese número relacionado con plaguicidas. La norma que regula el uso y manejo de plaguicidas es el Decreto 1843 de 1991, que sigue vigente con sus modificaciones. Si ve una referencia distinta, verifíquela en una fuente oficial.
¿Qué regula el decreto 1843?
Regula el uso y manejo de plaguicidas en Colombia: clasificación toxicológica, experimentación, producción, almacenamiento, venta, transporte, aplicación, licencias, protección del personal, atención médica y disposición de desechos. Reglamenta parcialmente la Ley 9 de 1979.
¿Qué es el carné de aplicador de plaguicidas?
Es el documento que acredita que un operario cumple los requisitos de capacitación y entrenamiento del decreto. Lo expide la empresa y debe ser refrendado por la autoridad de salud o el ICA, que tiene hasta diez días hábiles para hacerlo cuando se cumplen los requisitos.
¿Una empresa de fumigación puede usar cualquier veneno?
No. Solo puede usar plaguicidas registrados y permitidos. En edificaciones, vehículos, productos almacenados y áreas públicas no puede usar productos de categoría toxicológica I o II, salvo rodenticidas, fumigantes de granos e inmunizantes de madera.
¿Debo salir de mi casa o negocio durante la fumigación?
El artículo 115 exige evacuar personas, animales y alimentos antes de aplicar en edificaciones, y suspender la manipulación de alimentos. El tiempo para volver a entrar lo define la autoridad de salud y las indicaciones del producto, así que pregúntelo al técnico antes del servicio.
¿Qué pasa si una empresa fumiga sin autorización sanitaria?
Incumple el decreto y la Ley 9 de 1979, y puede recibir medidas sanitarias y sanciones de la autoridad de salud. Para quien contrata, además, el certificado de un servicio así puede no ser aceptado en una inspección.
¿Puedo comprar plaguicidas en una miscelánea?
Solo los de categorías III y IV, en envases originales y separados de alimentos y otros productos, y con concepto favorable de la autoridad sanitaria local, según el artículo 61. Los de categorías I y II tienen requisitos más estrictos.
¿Cuál es la diferencia entre el Decreto 1843 y la Ley 9 de 1979?
La Ley 9 de 1979 es el Código Sanitario Nacional y fija las reglas generales de salud pública. El Decreto 1843 la reglamenta en lo específico de los plaguicidas. Puede ver el marco general en nuestra guía de la Ley 9 de 1979.
Este artículo tiene fines informativos y resume una norma sanitaria. No reemplaza la lectura del texto oficial ni la asesoría jurídica o de la autoridad de salud de su departamento o distrito.
Fuentes consultadas
- Ministerio de Relaciones Exteriores, normograma: Texto oficial del decreto con notas de vigencia
- Ministerio de Salud, citado en vLex: Resolución 241 de 2017, sobre la vigencia del Decreto 1843 frente al Decreto 780 de 2016
- Gobernación de Santander: Procedimiento de concepto sanitario para empresas aplicadoras de plaguicidas
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